Nulidad del Tratado de París ( cápsulas de un discurso Albizuista V y última)

JUAN MARI BRAS

Por Juan Mari BrásClaridad,

Luego de haber discutido ante el público presente su interpretación sobre el alcance que tuvo la Carta Autonómica de 1897 con relación a Puerto Rico, en la que aseguró que al extenderse por la Corona Española dicha Carta tal acto tuvo el efecto de convertir a nuestro país en nación soberana bajo el único vínculo de su lealtad a la dinastía de los Borbones, Albizu elabora los fundamentos de su teoría sobre la nulidad del Tratado de París. Dice sobre el particular:

“Ahora bien, señores, el reconocimiento de personalidad, ya sea en el derecho civil privado, o ya sea el derecho público internacional; si cualquiera de vosotros tiene un hijo que ha llegado a los dieciocho años de edad, pero que no ha llegado a la mayoría de edad, van a la corte de distrito de Mayagüez, su abogado presenta un expediente de emancipación y el juez dictará la emancipación del menor. Al otro día, después de decretada la emancipación, el padre y la madre se arrepienten y quieren volver con otro expediente para anular la emancipación del hijo, no pueden porque una vez reconocido el derecho de personalidad, es irrevocable. Porque si pudiera ser revocable, no podría existir ninguna relación jurídica de hombres. Es decir, que si yo quisiera hacer con cualquiera un contrato sobre la venta de una finca, si éste pudiera ser revocado, sin considerar el derecho adquirido por el contrato de venta, yo no contrataría nunca. Eso es claro. Y por eso es que el reconocimiento de personalidad en el derecho privado es completamente firme y terminante, porque es la base de la relación jurídica en una sociedad. En el derecho internacional es lo mismo. El reconocimiento de personalidad es irrevocable. Y una vez que se concede, no hay poderes para retractarse. Y así, España no tenía derecho a ceder a Puerto Rico, ni Estados Unidos tenía derecho a adquirir a Puerto Rico en virtud de una cesión. Ningún tratado entre España y ningún poder será obligatorio para Puerto Rico sin el expreso consentimiento del parlamento de Puerto Rico.”

“Si los yanquis creían que tenía derecho a recibir a Puerto Rico como botín de guerra, ¿porqué no sometieron el Tratado de París al Parlamento de Puerto Rico? Era que temían que el parlamento no fuera a aceptar la cesión de Puerto Rico.”

“Pero es más todavía, señores. A la pobre España se le ha dicho que ella cedió a Puerto Rico sin defenderlo. Quisiera que aquí, en justicia a la historia, se sepa toda la verdad. Cuando estalló, los Estados Unidos decían que iban a la guerra con fines humanitarios (como a todas partes; yo no he oído nunca a los yanquis que iban a una parte sino con fines humanitarios). España, al verse declarada la guerra, con gran sensatez, le ofreció a Estados Unidos un armisticio en lo que discutían los términos de paz. “Que cese el derramamiento de sangre;  no sacrifiquéis vuestras vidas, ni sacrifiquemos las nuestras, y no pongamos en peligro la vida de cubanos y puertorriqueños’ y Estados Unidos dijo que sí, pero que ellos habían hecho un sacrificio muy grande con declarar esa guerra, y habían gastado tanto dinero ya, que era necesario una compensación, y que pedían en compensación por su declaración de guerra, la cesión de Puerto Rico como condición del armisticio. No había desembarcado un solo yanqui todavía en Puerto Rico. Entonces las negociaciones se conducían por mediación del embajador de Francia, rotas ya las relaciones diplomáticas, Monsieur Jules Calhous, fue quien comunicó al ministerio de relaciones exteriores de España la pretensión de Estados Unidos. Ellos habían ido con fines humanitarios, pero querían que le pagaran. Y había que pagarles, ¿con qué?, con la personalidad de Puerto Rico, y con sus intereses. Y España dijo que no, y le dijo al embajador francés que resolviera con ellos. Y ellos dijeron que o cedían a Puerto Rico, o seguía la guerra. Y España entonces siguió la guerra.”

“Los yanquis desembarcaron en Puerto Rico, y entonces, como veían que para los fines de la cesión de Puerto Rico era casi ridículo pedir que se cediera un país que no habían ocupado, metieron en Puerto Rico quince mil  hombres de todas las armas. Los españoles adoptaron la táctica  de reconcentrarse en San Juan, y se fueron replegando para evitar derramamiento de sangre, y en diciembre de 1898 España volvió a proponer un armisticio, estando las tropas españolas en contacto con las de Estados Unidos en Coamo. Le propusieron un armisticio, y entonces Estados Unidos volvió a decir que para cesar las hostilidades, España tenía que ceder a Puerto Rico; y España, viendo desaparecer su escuadra, roto ya su crédito internacional, desaparecido su ejército en Cuba, no le quedó más remedio que acceder a las pretensiones del enemigo perverso. Y entonces cesó la guerra. Vino el Tratado de París, y de acuerdo con el protocolo diplomático, había una cuestión planteada en virtud de un armisticio…”

“En el Tratado de París hay una cesión pura y simple de Puerto Rico a Estados Unidos; y ese tratado es nulo porque España no podía contratar con referencia a Puerto Rico después de la autonomía sin el expreso consentimiento de Puerto Rico, y eso nunca fue sometido al parlamento de Puerto Rico para su aprobación. Derrumbaron el gobierno autonómico que existía en Puerto Rico, e implantaron el régimen militar que tienen. La ciudadanía tiene la misma validez que tienen todos los actos de los yanquis derivados del Tratado de París. Es lo mismo que si los chinos decretaran que los puertorriqueños son chinos porque el dragón imperial así lo manda.”

Esta teoría sobre la nulidad del Tratado de París por falta de consentimiento por parte de Puerto Rico, fue cónsona con el planteamiento hecho por Hostos cuando regresó a Puerto Rico como presidente de la Liga de Patriotas en 1898. El propio Albizu la expandió en sendos alegatos jurídicos redactados por él en casos de los años treinta. La hizo suya también el Doctor Juan Augusto Perea, ilustre historiador y jurisconsulto mayagüezano quien presidió el primer Congreso Pro Independencia en 1943 y es y sigue siendo la base jurídica de todos los que negamos validez alguna al régimen de dominación norteamericana en Puerto Rico.

FIN

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