El estado debe proteger a niños y niñas del abuso

 

Por Cándida Cotto

ccotto@claridadpuertorico.com

Sin rodeos. En ambos casos en que dos juezas del Tribunal de Primera Instancia (TPI), sala de Caguas, les retiraron la custodia de unos menores a sus madres para entregarla a los padres se saltaron los procesos que dispone la ley. Se tomó la decisión de  remoción inmediata por  querellas de la parte paterna sin haber investigado.

En el primer caso, el menor murió a manos de su padre, a quien se le dio la custodia. Eso fue a principios de agosto. En el segundo caso, una madre del pueblo de San Lorenzo denunció esta semana que una juez, también del TPI en Caguas, le retiró a sus niñas de uno y tres años, por no asistir a una cita en el tribunal. Fue el padre quien acudió al tribunal a solicitar la custodia de las niñas.

CLARIDAD entrevistó a la trabajadora social y abogada Jenice Vázquez Pagán,  quien es conocedora del proceso para atender una querella de maltrato hasta llegar a la determinación para separar o retirar la custodia del menor del padre o madre o el adulto responsable.

Vázquez Pagán señaló que los casos de maltrato de menores son casos complicados por su naturaleza. Se supone que el papel del Estado sea el de proteger a los niños y a las niñas de situaciones de maltrato. Cuando el Estado interviene, la primera opción no debe ser la remoción. Debe haber un plan de trabajo para fortalecer esa familia y que el menor pueda continuar en su núcleo familiar. Los casos de remoción deben ser cuando el menor esté en un peligro inminente que requiera sacarle de ese espacio para proteger su salud y seguridad, sobre todo su vida, y luego entonces trabajar con la familia.

En ambos casos, dijo,  las juezas no debieron tomar la decisión inmediata de la remoción por una querella del padre,  porque todavía la querella no se había investigado. Se supone que desde el área social debe haber un proceso de investigación que fundamente la peligrosidad.  No por meras alegaciones se puede privar al menor de estar con sus padres. La mera alegación da pie para que el Estado investigue y determine si existe esa peligrosidad.

En el caso de la madre a la que le retiraron las menores por no acudir a la cita en el tribunal, la licenciada Vázquez Pagan señaló que si se mira desde el ámbito legal, cuando una persona no comparece a una cita, se le da una segunda citación so pena de desacato para que pueda entonces acudir.  Eso pasa en los casos de menores, en los de violencia de género y otros.

“Muchas veces la orden de protección no se emite porque la persona no estaba presente y se da una segunda oportunidad. Hay las excepciones de las órdenes ex parte, así que en ese sentido, de ambos lados, tanto del aspecto social como el legal, hay procedimientos que establecen proteger al menor; pero hay que garantizar unos derechos porque aquí el rol del Estado es establecer un fino balance entre el deber de proteger al menor y por el otro también salvaguardar los derechos de padre y madre”.

La Unidad de Investigación de Maltrato de la Administración de Familias y Niños (ADFAN) es la responsable de hacer la investigación.

Su experiencia en estos casos de maltrato de menores con el trabajo de los y las jueces es que buscan todas las opciones y muchas veces tienen los mecanismos para hacerlo, incluyendo un turno posterior si falta un informe. Se puede citar al supervisor del trabajador social y se le puede interrogar. Vázquez Pagán resaltó que el testimonio del trabajador social es la mejor evidencia en estos casos para el juez poder aclarar sus dudas e incluso para interrogar a las partes. “Yo creo que los jueces y juezas tienen muchas herramientas provistas por la ley para poder asegurarse de tomar las decisiones correctas. No es sencillo, pero el rol de las y los jueces es vital para el cumplimiento de las normas y para la protección de las y los niños”.

La abogada fue más allá e hizo la observación de que se sabe que el Departamento de la Familia (DF) está trabajando con escasos recursos; pero defendió que la protección de la niñez en Puerto Rico no es solo un asunto del DF, lo es también del Departamento de Educación y del Departamento de Salud. “Es un asunto del tribunal, porque son funcionarios del Estado y la custodia de esos niños es la custodia del Estado. En la medida en que todos forman parte de esa red que llamamos Estado, aunque estén en diferentes ramas, tienen que asumir una responsabilidad sobre los procesos”.

A pregunta de CLARIDAD, reconoció que la realidad es que los miembros de la rama judicial en las diferentes áreas no necesariamente tienen una formación en la conducta humana que los sensibilice hacia este tipo de caso. “No necesariamente conocen de las relaciones familiares y, aunque existe una academia judicial que trata de educar, la realidad es que la mayoría no conoce de la dinámica. Esto se ha demostrado ya desde que se hizo el estudio de discrimen por género en los tribunales en el 1995. Parte de lo que se encontró  fue que incluso las Salas de Familia de los tribunales se veían como un castigo por considerar que no eran tan importantes como otras salas. Así que se suele enviar no necesariamente a los jueces que tenían más experiencia, sino aquellos con menos experiencia en el proceso y, muchas veces, mujeres.

Describió que esa actitud está marcada también con lo que es la estructura patriarcal que existe en los tribunales y que permea en las relaciones familiares, laborales y en la asignación de jueces y juezas. El efecto final lo reciben las personas que advienen a los tribunales a buscar un poco de justicia, como es en estos dos casos. Todo esto se cuela en la calidad de los servicios a estas poblaciones.

De igual manera comentó que no todos los jueces y juezas ni están preparados en términos académicos ni tienen la sensibilidad para trabajar con las situaciones que implican a los menores, dado a que por un lado hay el aspecto legal y por el otro hay unos aspectos emocionales, afectivos. El maltrato que recibe un niño o niña no es cualquier maltrato y el juez o jueza no necesariamente tienen el conocimiento, la preparación, la sensibilización ni la empatía para atender el caso. Aun cuando tengan el conocimiento, no necesariamente tienen la sensibilización porque parten de sus propias vivencias e ideologías.

La trabajadora social  puso en contexto que las personas no ven que el maltrato a los menores es parte del círculo de la conducta machista que se ve en las relaciones de poder en los procesos de crianza. Eso es lo que lleva muchas veces al maltrato. Hay unas dinámicas de poder en la crianza donde se piensa que ese niño o niña no es un sujeto de derecho. Se piensa a ese niño o niña como una propiedad, que se tiene la autoridad y poder para golpearle y maltratarle. Todo eso está vinculado, no es casualidad.

Dado a esta realidad, recomendó que haya una capacitación integral, que no sean esfuerzos aislados por parte del DF o de la Rama Judicial. Tiene que haber una visión integral del Estado en términos de ver a las niñas y los niños como sujetos de derechos humanos, como seres que tienen derechos y que el Estado los asume. Reparó en que el DF no puede asumir toda la responsabilidad, por lo que los esfuerzos de educación y sensibilización tienen que ser integrados. Eso incluye la educación con la perspectiva de género para jueces y juezas, no solo para el área de Educación, como se ha estado hablando en el país en la actualidad.

Aun cuando reconoció que en las academias judiciales se han hecho esfuerzos significativos en la educación con perspectiva de género, reiteró que en la medida en que la cultura machista está tan enraizada en la estructura misma de la judicatura el esfuerzo tiene que ser integrado, tanto en lo que se hace en la Rama Judicial y demás agencias de gobierno. “La realidad es que pienso que tiene que ser más integrado”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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