El Plan Perverso:  El Nuevo Mapa de Calificación de Suelos

 

Por Martha Quiñones Domínguez/Especial para CLARIDAD

En el verano 2019, mientras parte del país protestaba, otros estaban de vacaciones, la Junta de Planificación (JP) cambia arbitrariamente la zonificación (calificación) establecida para aprobar proyectos que transgreden el Plan de Uso de Terrenos (PUT). El 28 de junio anuncia que en julio (15 y el 24 de julio) se llevaría a cabo vistas públicas para el nuevo Mapa de Calificación de Suelos. Ese Mapa no estaba disponible para evaluarlo, ni se conocían las formas en que se determinó el mismo y los distritos de calificaciones o usos permitidos en los terrenos, no tenía un memorial explicativo y los análisis pertinentes para poder analizarlo en los 30 días que ofrecieron para someter recomendaciones. A eso se une que el 7 de junio se aprobó el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionadas al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operaciones de Negocios (de casi 800 páginas, lo llamaremos el Reglamento) que contiene todas las disposiciones que rigen y aplican al uso, desarrollo y construcción en Puerto Rico. 

Un poco de historia 

La ciudadanía pidió que se ampliara la fecha y que se diera a conocer el memorial con los cambios. La JP negaba que hubiera realizado cambios a al Plan de Usos de Terrenos, que los mapas de Distritos de Calificación “Zonificación” de Suelos de Puerto Rico no sustituyen al PUT, pero a finales de julio aprueban el nuevo Mapa con cambios sustanciales y enmendado. El problema es el juego con las palabras, señalan que han trabajado conforme lo establece el Reglamento, que contiene todas las disposiciones que rigen y aplican al uso, desarrollo y construcción en Puerto Rico, el cual entró en vigor el 7 de junio de 2019 y a la Ley 19-2017 de Reforma de Permisos. 

EL PUT (Ley 550) se aprobó en el 2015 con diferentes calificaciones (zonificación), según la geografía isleña. La JP aprobó el PUT para Puerto Rico con el objetivo de establecer política pública sobre la ordenación del territorio que permita maximizar el potencial del suelo dentro de un marco que garantice la protección de los recursos naturales y el desarrollo sostenible, como marco rector de la política pública. Durante diez años se llevó a cabo un proceso de discusión pública donde se permitió la participación en la discusión de la ciudadanía, de expertos y el consenso partidista en las recomendaciones, donde se armonizaban las aspiraciones sociales. La zonificación (ahora calificación) es una guía que establece usos compatibles para dirigir los procesos de otorgar permisos. A lo que se unen los planes territoriales de los municipios armonizados con el plan estatal.

Para enero de 2017 se creó la Ley 19-2017 de Reforma de Permisos que obliga a la JP a revisar los distritos de calificación contenido en el Reglamento o cualquier otro instrumento de planificación, planes de ordenación territorial y usos a nivel municipal. Señala la Secretaria de la JP que lo que se está estableciendo son equivalencias entre los distritos ya establecidos y definiendo nuevas calificaciones ‘zonificación’ para dar uniformidad a los usos de terrenos (de 300 a 22 calificaciones), que no son cambios de calificaciones pero aparecen de repente unos mapas que aprobaron, aun cuando la ciudadanía se expresó que necesitaba tiempo para analizar esos (casi 800 páginas del Reglamento -que también cambiaron), que necesitaban ver los detalles en los mapas y poder trabajar con ellos, los cambios de estandarización (la estandarizar que están en un documento de 1,5000 páginas), la información científica que explique por qué menos zonas es mejor y conocer lo que los municipios recomendaban, para emitir comentarios informados. 

Los mapas 

La JP no concedió tiempo adecuado para analizar los cambios de usos de terrenos propuestos en el borrador del Mapa de Distritos de Calificación de Suelos de Puerto Rico (el Mapa) y no presentó ningún memorial explicativo que justificara los cambios propuestos en el borrador del Mapa. A pesar de que la petición de más tiempo se extiende hasta septiembre, pero la información fue confusa, los mapas de Distritos de Calificación de Suelo de Puerto Rico y su equivalente geodatos aparecieron cambiados sin explicación de estos. Aunque se supone que la calificación lo trabaja el municipio y no la JP, por ley de municipio autónomo pero el hecho es que los mismos fueron cambiados sin consultar. 

La calificación o zonificación de suelo se refiere a que esta determina lo que se puede hacer y no a la intensidad, él uso o posibles usos, la intensidad, parámetros de construcción guía de cómo se va a construir, los que fueron cambiado por la JP con la excusa de reducir las calificaciones. No explican por qué hay que cambiar las calificaciones, regiones y zonificaciones, no reconoce la complejidad de la situación o realidad isleña. 

El efecto neto de aplicar la regulación de un nuevo distrito por medio de las equivalencias propuestas en el documento redunda en un cambio de calificación y, por ende, en una enmienda tacita al PUT. Al consolidar los distritos, se viabilizan de forma ministerial usos o intensidades que el distrito actual no permite, elimina las recomendaciones del Instituto de Cultura Puertorriqueña, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y otras entidades con roles ministeriales de protección y defensa de recursos críticos o de patrimonio. El cambio en las zonificaciones en los municipios para establecer la calificación uniforme abre la puerta para desarrollos en áreas que el PUT no permite, como reservas agrícolas y/o naturales y no toma en cuenta lo que la ciudadanía recomienda. Encontramos modificaciones donde ubica viviendas y actividades expuestas a estos eventos ambientales y de repente las reservas agrícolas, reservas naturales, el PUT, el Plan de Protección del Karso, así como la autonomía municipal que tanto reclamamos son enmendados.

El Plan perverso

Esto se vino gestionando desde antes del 2017, justo cuando llega el huracán Irma estaban previstas las vistas del Reglamento conjunto, aunque no existía los documentos. El nuevo cambio de fecha coincide con la llegada del huracán María, como si el medio ambiente gritara que no se realizaran esos cambios peligrosos para Puerto Rico. 

El ambiente demostró que esos cambios en la calificación de los suelos sí son peligrosos y coloca a los puertorriqueños en posición vulnerable en especial ante eventos climáticos. Otro detalle es que, en estos mapas, que no tienen explicación, no se ha tomado en consideración el cambio climático, la situación de vulnerabilidad de nuestras costas, montañas, calles y comunidades inundables o en riesgo de deslizamiento. En esos cambios las personas sobran y hacer negocios con nuestras tierras es la normativa.

En mayo de 2019 se firmó la Ley para el Desarrollo de Zonas de Oportunidad bajo el concepto “Puerto Rico: Un paraíso de oportunidades” el mejor lugar para invertir. Las Zonas de Oportunidad y el Fondo de Oportunidad provee una serie de exenciones (la exención en la tributación de dividendos, un 25 % de exención de patentes y contribuciones sobre la propiedad, un 25 por ciento de exención de arbitrios de construcción, crédito transferible por inversión máximo de 25 % y otros más) lo que se convierte en un negocio redondo. Se une la ley a las Zonas de Oportunidad, creadas por legislación federal, que proveen beneficios contributivos a comunidades de bajos ingresos para así lograr su desarrollo económico donde el 97% de Puerto Rico completo fue definido como una comunidad de bajos ingresos, según definido en la Sección 45D(e) del Código de Rentas Internas Federal. Para que funcionen las Zonas de Oportunidades hay que eliminar el PUT que es un impedimento para hacer negocios. El Fondo de Oportunidad está formado de inversionistas que deciden a quién le prestarían el dinero para desarrollar proyectos. Para cualificar y mantener la exención contributiva la inversión del capital tiene que permanecer en la zona de oportunidad por diez años. El inversionista puede desarrollar el proyecto o simplemente invertirlo en fondos de oportunidad para que otros desarrollen el negocio, esa ganancia no paga contribuciones ni federales ni de Puerto Rico. 

Así que mientras el País protestaba se daba reuniones donde se atraen inversionistas que aplican por Ley 20 (Ley para Fomentar la Exportación de Servicios) y Ley 22 (Ley para Incentivar el Traslado de Individuos Inversionistas a Puerto Rico) del 2012, a lo que le ofrecen los terrenos recalificados como disponibles para inversión y que cualificarán para las exenciones contributivas, aun cuando el pueblo no conocía esos mapas. También se discutía la eliminación de la Ley 154 de 2010 Ley para Establecer un Impuesto a las Corporaciones Foráneas de 4% sobre las ventas a empresas foráneas, que representa 21 centavos de cada dólar que el Departamento de Hacienda recaudó durante el año fiscal 2018. En el 2013 se modificó esa ley para eliminar las reducciones en la tasa del arbitrio, y en su lugar, establecer una tasa fija para el arbitrio de 4% para los años 2013 al 2017, extendiéndose durante cinco años más. Ante la eliminación de esa Ley se ofrece a los inversionistas las Zonas de Oportunidades y el Fondo de Oportunidades como la alternativa de inversión. Agravando el problema fiscal, pues llegan inversionistas que no pagan impuestos o sea no aportan, no crean suficientes empleos, pero reciben beneficios. Mientras el pueblo paga impuestos, no recibe los servicios esenciales, destruyen la UPR, pierde empleos y cada día gana menos obligando a la emigración, pero ofrecen ayudas a los inversionistas.

Para que existan oportunidades cambian el Mapa para que esas equivalencias permitan consolidar parcelas y cambiar los usos de suelos. Un ejemplo lo encontramos en el cambio de la zonificación del Viejo San Juan de R-6 (Preservación Histórica) a R-Intermedio elimina el endoso del Instituto de Cultura Puertorriqueña a las estructuras, que asegura la preservación histórica de la propiedad. En el litoral costero encontramos que la JP propone cambios de Dotacional Verde a simplemente Dotacional (por ejemplo, ver mapa provisto por Plan. Rivera Santana), que admite actividad comercial, en las zonas agrícolas protegido como Distrito Agrícola, la Junta pretende modificarlo a “Agrícola productivo” permitiendo en él actividades no agrícolas. Un lugar que pretenden hacer modificación de la zonificación del Jardín Botánico de la UPR para permitir desarrollos comerciales en esa área protegida.

Por qué no dicen la realidad es que cambiaron el mapa para que esas equivalencias permitan consolidar parcelas y cambiar los usos de suelos. La Agencia Federal de Emergencias (FEMA) contribuye señalando personas que deben ser desplazadas o relocalizados, así esos terrenos están disponibles para ser parte de lo que los inversionistas pueden comprar. A eso se une que las escuelas disponibles que fueron recalificadas en cuanto a los proyectos que se pueden hacer. Así poco a poco colocan a disposición de inversionistas nuestras tierras y propiedades donde la variedad de proyectos va desde incineradoras, plantas nucleares o negocios diversos.

Cuando empezamos a sumar todo lo que sucede o se legisla en Puerto Rico entendemos el Plan perverso donde la gente sobra, donde facilitan el que a petición de inversionistas desplacen comunidades, donde las agencias locales y federales, así como la Junta de Control Fiscal son parte del Plan perverso. Es un atropello contra el país y su gente y un peligro enorme para su presente y futuro. La alternativa que ofrece es emigrar o tener empleos a nivel de esclavitud. Te empobrecen, te quitan tu pensión, te quitan tus empleos, las escuelas y la UPR y permiten que inversionistas se apoderen de todo.

La autora es economista y profesora de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo 

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