La cartilla de sirvientes de 1871

 

Especial para En Rojo

Censos y población

Antes de las aboliciones de la esclavitud (22 de marzo) y de la libreta de jornaleros (13 de julio) de 1873, la población de Puerto Rico se agrupaba en las clases sociales de hacendados, comerciantes, estancieros, artesanos, jornaleros y esclavos. Para conocer y analizar esta composición nos valemos de los censos y otros estudios estadísticos, entre otras fuentes.

Los censos poblacionales son importantes e indispensables para darnos una idea de la estructura social y de los intereses y necesidades por clases, género, edades y otras instancias demográficas. Gracias a la información estadística, entre otros documentos, podemos reconstruir características fundamentales de la sociedad a través del tiempo, y en diversos contextos históricos. Sabemos que durante el siglo 19 Puerto Rico tuvo un aumento extraordinario del número de habitantes. En 1827 el país contaba con 281,034 habitantes; en 1867 la población aumentó a 656,328.

Ocasionalmente las categorías empleadas de clasificación dificultan el análisis. Lo mejor sería usar categorías y conceptos lo más precisos posible. En el cuadro de clasificación “por profesiones” de 1867 los hacendados y estancieros fueron identificados como “propietarios de fincas rústicas” y “propietarios de fincas urbanas”, sin indicación de correspondencia en cada cual. Con estos criterios no se sabe cuántos estaban ubicados en los ramos de la agricultura y la ganadería (es decir, dueños de hatos; hateros). La palabra estanciero se introdujo en el siglo 16 para identificar a los pequeños y medianos agricultores de frutos menores y subsistencia (yuca, maíz, batata, hortalizas, etc.). Todavía se utilizaba a finales de siglo 19. Por ejemplo, en el Boletín Mercantil aparece un anuncio “A los hacendados y estancieros” en que la empresa de Miguel Saralegui & Co, les ofrece alambre galvanizado con púas para cercar sus propiedades (Núm. 66, 5 junio 1881, p. 1); la publicidad brinda otra información primaria. Los hacendados, con más tierra, se dedicaban a los cultivos agrocomerciales (caña de azúcar, café, tabaco).

A los artesanos (carpinteros, herreros, albañiles, tipógrafos, sastres, panaderos y demás) los identificaban como “industriales”; también se distinguieron “aprendices de oficios”. Y para complicar más las cosas una masa de la población fue distinguida como “pobres de solemnidad” o muy pobres y otros que carecían de medios de subsistencia y requerían ayuda (Gaceta de Puerto Rico, Núm. 107, 5 septiembre 1868, p. 4). Pero el “cuadro de profesiones” de 1867 dejó fuera otras categorías de trabajo como las criadas, lavanderas, costureras, y demás. No obstante, este y otros cuadros de interés (edificios, matrimonios, nacimientos y defunciones, entre ellos) con cifras correspondientes, se pueden examinar en internet, en los números que corren del 5 al 22 de septiembre de 1868 (portal, Biblioteca Digital del Caribe; en búsqueda escriban “Gazeta de Puerto Rico”. Están invitados e invitadas a darse la vuelta y comprobar la riqueza de las estadísticas, y muchas sorpresas más de información en los periódicos.

Hay un hecho que apunta en la dirección específica del sector del servicio doméstico. Vamos a explorarlo.

Contexto político

 Resulta que en noviembre de 1871 el gobierno colonial de España aprobó un Reglamento para el servicio doméstico en la capital de San Juan. Sucedió en el contexto intermedio entre la revolución independentista de 1868 y las aboliciones laborales oprimidas de 1873. En ese medio tiempo emergieron como partidos políticos autorizados el Partido Conservador, integrado por españoles funcionarios del gobierno, terratenientes y comerciantes, y puertorriqueños serviles; y el Partido Liberal Reformista, compuesto por puertorriqueños terratenientes menores y profesionales, especialmente, con una porción de inmigrantes criollizados.  Debido a la represión algunos veteranos del Grito de Lares se unieron al mismo. El independentismo no solamente estaba excluido, sino prohibido. A los jornaleros y artesanos también se les impedía la organización política. Los esclavos estaban borrados por negación completa de humanidad:  eran definidos y tratados como mercancías.

Conservadores y reformistas se disputaban la representación en las elecciones a Diputados a Cortes (congreso español). Los conservadores, por su identidad, disfrutaban del favor de los gobiernos y ocupaban puestos principales en el mismo. Los liberal-reformistas entraron al ruedo electoral en condiciones muy desventajosas e injustas. No había plena libertad de expresión ni de reunión. Los reformistas eran perseguidos y arrestados arbitrariamente, sus reuniones eran atropelladas o acabadas con violencia y sus periódicos estaban sujetos a la censura. Aquellos orígenes del bipartidismo se dieron en circunstancias de despotismo político y militar.

De hecho, el reglamento del trabajo doméstico se efectuó durante el gobierno del general Ramón Gómez Pulido. El fraude que promovió en las elecciones del 2 a 5 de abril de 1872 fue tan notorio, obteniendo los conservadores 11 y los reformistas 4 diputados, que le llamaron las “elecciones pulidas” (aludiendo a su apellido materno). Y su ineptitud en administración gubernamental era tan evidente que le pusieron de apodo “Coco Seco”. El apellido del fiscal español ante quien los reformistas hacían reclamos infructuosamente, irónicamente, era Verdugo (Lidio Cruz Monclova, Historia de Puerto Rico, II, 1979, pp. 180-203).  En la colonia de los días de Coco Seco y Verdugo – tiene sabor a novela de Luis Rafael Sánchez – el azote cayó también contra la servidumbre doméstica.

La Cartilla de Sirvientes

El Reglamento para el Servicio Doméstico en esta Capital fue hecho el 9 de noviembre y aprobado por el Gobernador el 12 de noviembre de 1871. De ahí en adelante todos los hombres y mujeres empleados en el trabajo doméstico estaban obligados a tener consigo la Cartilla de Sirvientes. La Cartilla para los sirvientes era como la Libreta para los jornaleros.

Igual que sucede con los jornaleros, en la documentación oficial (con tinte patriarcal y machista) este sector es identificado solo en género masculino: “los sirvientes”. En el caso de los jornaleros la libreta se asignaba a los varones dejando a su sombra a las mujeres (esposas o compañeras) aunque ellas trabajarán igual o más que ellos bajo la misma libreta asignada al hombre. Aunque los papeles burocráticos no dieran cuenta de ello, hubo sirvientes y sirvientas, sobre todo.

En el cuaderno Cafetal Adentro. Una historia de los trabajadores en el Puerto Rico del siglo 19 (CEREP, 1986) el historiador Fernando Picó puntualizó la realidad del trabajo no registrado de las mujeres e hijos e hijas como parte del conjunto jornalero (aparte de los quehaceres del hogar, recogiendo y escogiendo café, por ejemplo). En cuanto a otras ocupaciones de las mujeres campesinas, Picó observó: “en 1864, el gobernador Félix María de Messina ordenó que los municipios reglamentasen el empleo a domicilio (es decir, el trabajo realizado en la casa) y registrasen a las empleadas domésticas. De hecho, ser «sirvienta» fue el trabajo principal para la mayoría de las mujeres campesinas que trabajaban para ganarse el sustento fuera de sus hogares. En varios municipios, ha sobrevivido alguna documentación sobre estas trabajadoras a jornal y actualmente hay personas que están estudiando estos documentos”. Queda estipulado, mas, después de señalado esto en 1986 no hemos encontrado en la documentación conocida del gobernador Messina ni en la historiografía posterior algo más sobre el tema.

En cualquier caso tenemos a la mano el Reglamento de 1871. El gobernador Gómez Pulido (Coco Seco) instó a los “amos de casa” (así aparece escrito en su decreto), a que cumplieran con rendir los “informes de los sirvientes”. Por supuesto, como sucedía tanto con la libreta como la cartilla, jornaleros y sirvientes tenían que tener consigo su ID laboral. Pero, como la inmensa mayoría eran analfabetas tocaba a los hacendados y a los “amos de casa” escribir la información con datos de contratación y observaciones sobre la conducta y desempeño en el trabajo subordinado.

A todos en el servicio doméstico se les requirió pasar por la Secretaría del Corregimiento de San Juan a recoger su cartilla, entre el 1ro al 15 de diciembre, entre 1 y 4 de la tarde. El reglamento contiene 23 artículos, un “artículo adicional” y cuatro “transitorios”. La realidad de que se trataba de trabajo ejercido por hombres y mujeres queda patente en el Artículo 1: “Todos los individuos de uno y el otro sexo que se dedique al servicio doméstico deberán inscribirse en un Registro especial que se llevará en la Secretaría del Corregimiento, en la que se les proveerá de una cartilla, recogiéndoseles su cédula de vecindad”. Los infractores serían condenados con multas de hasta 5 pesetas, y a la segunda vez si venían de otros pueblos serían devueltos a ellos. Eso es como si fueran inmigrantes ilegales dentro de su propia patria.

Al momento de inscripción los sirvientes tenían que abonar 50 céntimos por cartilla, “para sufragar los gastos de las mismas y del Registro” (Artículo 15). Es decir, estos trabajadores y trabajadoras tenían que pagar por la cartilla de su propio paupérrimo bolsillo.

En el Artículo 4 se ordena a los que entraban a servir por primera vez y migraban de otros pueblos a que, primero, presentaran en Secretaría “una certificación de la Autoridad local de su pueblo o del comisario de su barrio si estuviese domiciliado en esta Ciudad, que acredite su buena conducta” y datos de identificación personal. El Artículo 5 prohibía contratar sirvientes sin cartilla, so pena de 25 pesos de multa. Si un sirviente dejaba voluntariamente el servicio doméstico tenía que avisarlo con tres días de anticipación. Al pasar más de un mes fuera del servicio estaba obligado a entregar la cartilla, y si no probaba que contaba con medios de subsistencia sería redefinido como “vago” (Artículos 12 y 13). El sector clasificado de “vagos” era el campo de expropiados y pobres miserables donde el capitalismo en desarrollo en el siglo 19 pescaba nuevas manos para proletarizar. En otras palabras, separados de la subsistencia de la tierra no tenían otra opción que ser incorporados a la formación de la clase obrera.

Los artículos 17 al 23 tratan sobre las Agencia de colocación de sirvientes. Esto es, que hubo corredores de sirvientes (como Realtors de casas). Estaban obligados a obtener licencias y si se descubría que transmitían información falsa (quiere decir que sucedía), las multas eran hasta de 100 pesetas.

También hubo esclavos ocupados en trabajo doméstico. A ellos iba dirigido el Artículo adicional: “El presente Reglamento no comprende a los esclavos a jornal que se dediquen al servicio doméstico en casas que no sean las de sus propios amos. Para estos la única regla será la de que el amo de casa que quiera tomar para su servicio un esclavo de otro, tendrá que hacer con el dueño del esclavo un contrato escrito”. El incumplimiento de esto conllevaba multa de 50 pesetas. Entre las modalidades de la esclavitud los amos alquilaban sus esclavos entre sí por un precio (el jornal esclavo) para llevar a cabo distintas tareas.

Entre los artículos “transitorios”, el número 4 estipula: “Los individuos dedicados al servicio doméstico estarán exentos de tener libreta de jornalero, pues le bastará con su Cartilla de sirviente” (Gaceta de Puerto Rico, Núm. 138, sábado 18 de noviembre de 1871). Así pues, tenemos que la Libreta de Jornaleros y la Cartilla de Sirvientes eran primos-hermanos en el ámbito del trabajo semicapitalista asalariado del siglo 19.

Dimensión del servicio doméstico

La información censal de 1871 no brinda datos sobre cuántos estarían empleados en el servicio doméstico entonces. Hay razones para suponer que era un segmento con cierto peso numérico. Lo podemos inferir al menos indirectamente.

A raíz de la conquista de Puerto Rico por Estados Unidos en 1898, las nuevas autoridades imperialistas se dieron a la tarea de hacer todo tipo de estudios para ver con qué contaban y qué le podían sacar a la colonia. Prácticamente, como diríamos ahora, “escanearon” a Puerto Rico de arriba abajo en 1899. El Teniente coronel J. P. Sanger, que ocupó el puesto de Inspector General, sometió el Informe sobre el censo de Puerto Rico, 1899, publicado en Washington en 1900. Estamos agradecidos a la Academia Puertorriqueña de la Historia y a su exdirector, historiador Luis E. González Vales por haber promovido su reedición en el 2003.

El Censo de 1899, repleto de detalles, es otra invitación a la lectura y a diversas investigaciones (muchas por hacer aun usando esta fuente). Contiene cuadros con Grupos de Ocupaciones, generales y por cada pueblo. La población de Puerto Rico se cifró en 953,243 habitantes. En este censo se distingue al sector de Servicio doméstico y personal. Indicamos los sectores en trabajo activo, en el cuadro que sigue:

 

Cuadro 1: Grupos de ocupaciones laborales, 1899

Grupos                     Cantidad           Por ciento

Agricultura, pesca           198,761                 63%

y minería

Comercio y transporte       24,076                  7%

Industria manufacturera

y mecánica                      26,515                  9%

Servicio profesional            2,194                  1%

Servicio doméstico y

personal                         64,819                 20%

total                               316,365               100%

Fuente: Informe del censo de Puerto Rico, 1899

(2003: 310)

Estos son los sectores que podemos contemplar como formando parte de la fuerza de trabajo activa, y en base a ello sacamos los porcientos. Constatamos que el servicio doméstico representa un segmento significativo (20%) de la fuerza laboral. De estos, la mayoría eran mujeres (37,404) frente a los hombres (27,915).

Un segmento muy grande del casi un millón de habitantes (yo asumo que siempre quedan muchos sin contar en los censos) fue identificado como perteneciente al sector “sin ocupación lucrativa” y sumaron 636,878. Eso lo que significa es que no estaban incorporados a la fuerza de trabajo. Una de las razones que lo explican es sencilla. La inmensa mayoría – 435,851 – eran niños y niñas y adolescentes hasta 19 años; y de estos 292,279 tenían menos de 10 años de edad. El Puerto Rico de finales de la dominación española le dejó a la dominación norteamericana una población y fuerza laboral bien joven para explotar.

En San Juan, en particular la proporción era diferente. Del total de 7,387, los varones contabilizaron 4,045 y las mujeres 3,342.  En 1899 se continuó clasificando a la población con criterio de castas: “blancos” y “de color”. En San Juan, la mayoría en el servicio doméstico y personal – 5,191- eran “de color”. El censo de 1899 permite explorar este aspecto y muchos otros con lujo de detalles; solo falta que se animen estudiantes universitarios con proyectos de investigación de bachillerato y propuestas de tesis de maestría y de doctorado.

Estas son pistas con base cuantificable de lo que podemos inferir hacia el tiempo de la Cartilla. Aunque no los incluyeran en los censos previos, los sirvientes y las sirvientas  – empleados domésticos y empleadas domésticas, como se expresa en el presente – forman parte de la estructura social y económica de Puerto Rico, de antes y de ahora.

 

El autor es historiador. Comentarios a:  fmoscoso48@gmail.com

 

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