La soberanía es de la sociedad (Parte II)

JUAN MARI BRAS

Por Juan Mari Brás, Especial para Claridad

A varios políticos y politólogos boricuas, quienes se han pasado horas tratando de descifrar para sus clientelas respectivas el concepto soberanía, les vendría bien estudiar al jurista de mayor prominencia universal que ha dado Puerto Rico al mundo —que es Eugenio María Hostos— para comprender mejor la sencilla definición de tal principio.

Para Hostos, según sus Lecciones de Derecho Constitucional (Santo Domingo, 1887) “el sujeto principal del Derecho Constitucional es, la sociedad. Pero, ¿qué es la sociedad?”

“Ante todo, para el Derecho Constitucional, es una realidad permanente, que fue ayer, que es hoy, que será mañana, que fue, es será siempre, mientras nuestro planeta no pierda la capacidad de coadyuvar a la existencia y a la conservación de la especie human.” (Edición del Fondo Editorial de la Universidad Mayor de San Marcos; Municipio de Mayagüez; Instituto Hostosiano de Mayagüez, Puerto Rico; Lima, Perú, noviembre de 2006, p. 58.) Y más adelante especifica:

“…Para la Ciencia constitucional la Sociedad es una realidad viviente, una vida, un ser organizado con todas las condiciones de organización que se observa en toda la escala biológica.”

………………

“Esa capacidad de dirigir su propia actividad jurídica es la que directa e indirectamente lo hace sujeto de todas las ramas de la jurisprudencia, la que establece la correlación entre el régimen de la sociedad y del estado, y la subordina de tal modo la organización del Estado a la naturaleza de la Sociedad, que el Derecho Constitucional, encargado de exponer los fundamentos de aquella, no puede exponerlos sino contando con ella, y atendiendo escrupulosamente a la naturaleza real de esa entidad.” (pp. 58-59).

Luego, para señalar con precisión la diferencia entre sociedad y estado, que es esencial a su pensamiento constitucional, que lo diferencia tanto del pensamiento europeo como del americano, hasta el enunciado suyo de lo que hemos llamado ‘la escuela sociológica del derecho en América’, añade lo siguiente:

“LECCION VI. Régimen social y político. Discrepancia entre ellos.”

“Según acabamos de ver, el Estado contribuye con medio y relaciones de derecho al régimen general de la Sociedad; pero en la vida del organismo social, la actividad jurídica es una entre muchas actividades naturales, y mas es lo que todas ellas juntas influyen en el régimen político que lo que el régimen político jurídico puede influir en el social.”

“La Sociedad se rige por leyes esenciales de su propia naturaleza, según el desarrollo de su vida y mediante la experiencia que ha aprovechado o aprovecha. Así, todo el conjunto de tradiciones económicas, religiosas, jurídicas, todo el conjunto de sus costumbres mentales, afectivas, volitivas; todos los constituyentes de su carácter, la regien con más fuerza que las instituciones artificiales con que coopera el estado a dirigirla.” (p. 63).

Fuen en mis primeros encuentros con la idea hostosiana de conviocar una Asamblea Nacional del pueblo puertorriqueño, tras la invasión de nuestro país por Estados Unidos en 1898, que pude trae a la consideración del entonces naciente Movimiento  Pro Independencia, la fórmula concebida por Hostos, como portavoz de la Liga de Patriotas, para buscar la aunidad de todos nuestro pueblo en la deliberación sosegada de una Asamblea Nacional y poder así enfrentarnos a los nuevos invasores, de pueblo a pueblo, en ejercicios de la inrrenunciable potestad soberana de la sociedad puertorriqueña. A Hostos no lo siguieron los políticos del ’98, divididos ya entre Muñocistas y Barbosistas, que fueron los caudillos de dos tribus partidarias que, desde entonces, han mantenido al país en un interminable debate entre sordos, infecundo y anacrónico. Guardando las distancias que en todo sentido me separaan de Hostos, debe decir que tampoco el MPI de los primeros años aceptó mi propuesta, como bien lo señala el compañero Carlos Gallisá en su reproducción de un fragmento de trabajo de Juan Angel Silén publicado en reciente edición de “En Rojo”. Puedo decir, con orgullo, que desde entonces hasta ahora, nunca he cesado de proponer alguna variante de la idea hostosiana de la Asamblea Nacional en las instancias de deliberación en que me ha tocado participar. Por eso, he sido defensor, en el seno de la Comisión Constitucional del Colegio de Abogados, de lo que ahora llamamos la Asamblea Constitucional de Status como la única fórmula unitaria para buscar la reconciliación de todas las tendencias sobre el futuro patrio que aquí llaman ideologías, y que por puro anacronismo colonialista, todavía no acaba de entenderlo una gran parte del pueblo, incluyendo a sus políticos y politólogos.

Ahora, en vísperas de una nueva discusión del caso colonial de Puerto Rico por el Comité de Descolonización de Naciones Unidas, es preciso tener claro que la soberanía sobre Puerto Rico la tiene y la conservará siempre el pueblo de Puerto Rico, o sea la sociedad puertorriqueña, que es la fuente de todos los poderes en cualquier concepción verdaderamente democrática del asunto.

Esa concepción está muy clara en el Derecho Internacional vigente en el mundo de hoy, como lo señalamos en el artículo de la semana pasada.

Que hay un gobierno que a lo largo de ciento diez años ha estado usurpando nuestra soberanía como sociedad, como pueblo, no cancela la justa ubicación de esa soberanía, porque ésta es inalienable —que quiere decir que no puede alienarse nunca— e imprescriptible —que significa que nuestros derechos soberanos sobre Puerto Rico no prescriben jamás —.

La ventaja que tiene el planteamiento en este momento histórico consiste en que —por primera vez en mucho tiempo— las Naciones Unidas comienza una nueva etapa de su desarrollo como organización internacional. Este año, la ONU entrará en un esfuerzo extraordinario por salir de la crisis en que la sumió la pretensión de la Administración Bush Cheney y sus acólitos de desafiarla como orgnismo creado para buscar un estado de paz entre los pueblos del mundo. Hay tres temas básicos en que se ha de fundar ese esfuerzo de la ONU por reconstruir su función niveladora. Estas son la total eradicación del colonialismo en todas sus formas y manifestaciones; el respeto de todos y todas al ejercicio pleno de la soberanía de todas las sociedades nacionales existentes en el mundo entero; y el respeto a los derechos humanos, tal como se definen en la Declaración Universal de los derechos del hombre proclamada por la Asamblea General de la ONU desde 1948.

Hasta el presetne, Estados Unidos no ha aceptado la plena vigencia del Derecho Internacional en ninguna de las tres cuestiones arriba descritas. Llegó el momento en que no le costará más remediop que aceptarlo, por una única razón. Ya se acabó la hegemonía de Estados Unidos sobre el mundo. No quiere decir que Estados Unidos dejará de ser una potencia de gran influencia en el planeta durante el presente siglo. Pero tendrá que atenerse a la competencia con otras potencias que empiezan a compartir influencias en el orden económcio, político y social con el gobierno de Wáshington. Al interior de los propios Estados Unidos se ha empezado a tomar noticia de este hecho tan evidente. 

Esta misma semana, una publicación de las principales del sistema en el orden mediático, la revista Newsweek, publica una historia de portada titulada “the Post-American World”. Sería bueno que nuestros políticos y politólogos de las discusiones contidianas se lean esta historia, que no es escrita por ningún izquierdista ni enemigo de Estados Unidos, para que puedan ubicarse en las realidades del mundo que empieza a nacer casi al final de la primera década del siglo XXI.

Yo apuesto al Derecho Internacional en esta nueva coyuntura. Quédense atrás los cabilderos de vocación u oficio que todavía andan por los pasillos burocráticos de Wáshington buscando endosos para sus pequeñas metas o ambiciones personales.

A los independentistas, de todos los grupos y desagrupaciones, les invito a incorporase a la invariable corriente que marca el nuevo esfuerzo por reconstituir la ONU en una organización que vale la pena mantener. Recuerden, sobre todo, que la unidad de los puertorriqueños en el reclamo de que la Asamblea General ventile en toda su amplitud y a fondo, el caso de Puerto Rico, es la fuerza principal con la que respaldaremos ese reclamo. No la echen a perder por los pequeños objetivos electorales que les puedan colocar en obsesiva oposición a nuestros compatriotas de las diferentes variantes del autonomismo. No es hora de atender minucias. Vayamos todos, con aplomo y optimismo, a reclamar lo que nos pertenece a todos, sin excepción: el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación y la independencia, declarando en decenas de resoluciones y decisiones de los últimos treinta y tantos años; y que ahora, por primvera vez, puede fructificar en echar a caminar un verdadero proceso de descolonización. Lo exigen las generaciones puertorriqueñas que van a vivir a plenitud durante el siglo que en realidad es ahora que comienza. Pensemos en grande y actuemos al nivel de altura de ese pensamiento. Nada ni nadie podrá detener la virtualidad práctica de la plena soberanía de Puerto Rico. 

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