Sobre el Debate Impunidad vs. Punibilidad

 

Por Mercedes Garriga Torres

En los últimos días el debate en las redes sociales se ha concentrado en la crítica a la solicitud de varios grupos de mujeres y feministas de que se decrete un estado de emergencia, y más específicamente, de que se implementen una serie de propuestas de acciones que el gobierno debe tomar, y que incluyen la ¨cero impunidad¨. Esta discusión va a la par con un cambio que se ha visto en las últimas dos décadas en las discusiones sobre el tema de la violencia de género (violencia sexista, violencia machista, violencia doméstica, maltrato), que se ha substraído del entorno privado, para conceptualizarse como un asunto público y de derechos humanos; aquellos que garantizan una vida digna. La concepción actual de los derechos humanos a nivel internacional cuestiona la visión de mundo de que la experiencia masculina es la referencia universal de la humanidad, así como la desigualdad en la distribución del poder entre hombres y mujeres en todos los aspectos sociales. Mientras esta desigualdad en la distribución del poder no se remedie, las mujeres no disfrutaremos de derechos humanos plenos. Y mientras esto no ocurra, no podemos decir que vivimos en una verdadera democracia.

Cuando hablamos de ¨cero impunidad¨ nos referimos precisamente a la protección y promoción de los derechos antes mencionados.  Es una lucha contra la actitud de desamparo hacia la mujer por parte del Estado, que les niega protección, y de la sociedad en general que invisibiliza el problema. Impunidad es sinónimo de no hacer nada. Una cultura de impunidad es una cultura en la que la violencia de género no tiene consecuencias, tanto para las víctimas como para los perpetradores. No podemos confundir impunidad con punibilidad. Puniblidad significa aplicar una pena o castigo a una conducta que ha sido tipificada como delito. El derecho penal no es, y no puede ser la herramienta principal para luchar contra la impunidad. Se ha demostrado vez tras vez que las leyes penales son ineficaces para prevenir la violencia doméstica. El ius puniendi del estado se guía por el principio de la intervención mínima, y por lo tanto debe ser reservado para aquellos casos en los que todas las demás herramientas contra la impunidad hayan fallado. De hecho, en la sentencia del 29 de julio de 1988 del caso Velázquez Rodríguez v Honduras de la Comisión Internacional de Derechos Humanos, la Comisión deja claro que ¨la protección de los derechos humanos no debe confundirse con la justicia penal.¨ La lucha contra la impunidad no tiene por objeto principal el condenar a los perpetradores de violencia, sino el amparar a las víctimas. La política del Estado al manejar estos casos tiene que ser la rehabilitación y la prevención de reincidencia, lo que incluye no el castigo.

 

Contra la impunidad o inacción del estado ante esta epidemia de violencia, se debe emplear un enfoque multidisciplinario que incluya medidas para prevenir razonablemente la violencia de género. Precisamente ese es el enfoque de las propuestas presentadas por los grupos de mujeres que se reunieron la semana pasada con la gobernadora Wanda Vázquez. Se trata de brindar asistencia y llevar a cabo intervenciones a favor de las víctimas, aumentar los recursos disponibles para atender casos, diseñar protocolos para el manejo de casos, y, en fin, crear una infraestructura que permita que la respuesta a las víctimas sea adecuada. Y sí, también tiene que haber un marco legal adecuado para proteger a las víctimas. El Estado tiene el deber de llevar a cabo investigaciones que permitan identificar a las personas responsables de la violencia, para asegurar un resarcimiento adecuado a las víctimas, y para disuadir a los perpetradores de la comisión de delitos futuros. Pero la disuasión comienza sensibilizando a la sociedad sobre la prevención de la violencia de género, comenzando desde las edades escolares, y a través de materiales educativos. También a través de campañas en medios de comunicación y de la recopilación de estadísticas para evaluar si las herramientas con las que contamos en la actualidad son adecuadas y suficientes. El ¨cero impunidad¨ de la propuesta presentada por las organizaciones de mujeres se trata de que no se nos culpe por la violencia que recibimos, y de que el Estado no se haga de la vista larga, reconozca el enorme rol que juega en la prevención de la violencia de género y no sea negligente al investigar y manejar los casos que llegan a su atención. La ¨cero impunidad¨ se le exige al gobierno y se refiere a las actuaciones del gobierno.

Cuando el énfasis es en proteger a las personas vulnerables a la violencia de género, nos salimos del ámbito del derecho penal y del ius puniendi del Estado, para convertir a la mujer en sujeto del derecho y no en su objeto. Pensemos en esto, cuando nos enfocamos en el derecho penal como herramienta para hacerle justicia a las mujeres, lo que estamos diciendo es que el Estado está capacitado para representarnos. Pero lo que vemos es lo opuesto, cuando el Estado nos representa, nosotras pasamos a un segundo lugar, ya que la problemática se reduce a un caso en un tribunal del Estado contra el perpetrador de la violencia, en el que por cierto, nos revictimizan y nos deshumanizan.  No es el poder judicial ni el policial es que nos hará justicia ante las agresiones machistas; ellos defienden el interés de un estado patriarcal y capitalista y eso también es violencia en contra nuestra.  Justicia se hará cuando las mujeres seamos el centro de las actuaciones del gobierno, más allá de sus propios intereses.

¨Cero impunidad¨ significa que hay que trabajar para desmontar la sociedad patriarcal y capitalista que nos oprime doblemente. Tenemos que entender que la inequidad del poder entre hombres y mujeres surge de ese sistema, por lo que no es al derecho penal al que le compete resolverla. La realidad es que en una sociedad capitalista tanto las víctimas como los perpetradores, pertenecen en su gran mayoría a una misma clase trabajadora y a lo mismos sectores marginalizados. Al Estado le conviene ¨resolver¨ de la manera más económica posible.  Se exime de culpa encerrando en la cárcel a uno que otro perpetrador de violencia de clase pobre y botando la llave. Mientras al abusador de clase alta se le encubre y se le da trato preferencial.  Si criticamos el machismo, pero no criticamos el capitalismo, nos quedamos cortos/as. Habiendo aclarado que la violencia patriarcal no se resuelve por la vía punitiva, y que lo que buscamos no es castigo, debemos plantearnos respuestas radicales al problema de la violencia de género fuera del sistema en que vivimos. No queremos igual acceso a un sistema injusto, queremos cambiar el sistema. De eso se tratan las propuestas presentadas a la gobernadora. De lograr una sociedad verdaderamente igualitaria para todos y todas.

 

La autora es abogada.

 

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